Dejemonos de joder!

Estoy escuchando el debate del Senado acerca de la Ley de Medios y me molesta que se confunda a la gente que esta escuchando y no leyó el proyecto.

Voy a poner un par de tecnicismos con respecto a la autoridad de aplicación y que cada uno saque sus propias conclusiones.

Art. 10. – Autoridad de aplicación. Créase como organismo descentralizado y autárquico en el ámbito del Poder Ejecutivo nacional, la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, como autoridad de aplicación de la presente ley.


Entonces, la autoridad de aplicación es: la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Que depende directamente de quién?
El Poder ejecutivo nacional.

Hasta acá perfecto.

Art. 14. – Directorio. La conducción y administración de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual será ejercida por un Directorio integrado por siete (7) miembros nombrados por el Poder Ejecutivo nacional.

El Directorio estará conformado por un (1) presidente y un (1) director designados por el Poder Ejecutivo nacional; tres (3) directores propuestos por la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, que serán seleccionados por ésta a propuesta de los bloques parlamentarios, correspondiendo uno (1) a la mayoría o primer minoría, uno (1) a la segunda minoría y uno (1) a la tercer minoría parlamentarias; dos (2) directores a propuesta del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual, debiendo uno de ellos ser un académico representante de las facultades o carreras de ciencias de la información, ciencias de la comunicación o periodismo de universidades nacionales.
(...)El presidente y los directores sólo podrán ser removidos de sus cargos por incumplimiento o mal desempeño de sus funciones o por estar incurso en las incompatibilidades previstas por la ley 25.188. La remoción deberá ser aprobada por los dos tercios del total de los integrantes del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual. (...)

Bueno, acá, hay mucha tela para cortar.

O sea que así, sin más, directamente el poder ejecutivo designa al Presidente y a 1 director de la autoridad de aplicación. Es decir el Ejecutivo tiene a 2 representantes seguro.


Despues 3 directores mas los elige la Comisión Bicameral.

Bueno, ¿qué es la Comisión Bicameral?

Art. 18. – Comisión Bicameral. Créase la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, que tendrá el carácter de Comisión Permanente. La Comisión Bicameral se integrará por ocho (8) senadores y ocho (8) diputados nacionales, según resolución de cada Cámara (...)

1 propuesto por la mayoría (o 1er minoría), 1 de la segunda minoría y otro de la tercer minoría.

Así el oficialismo DE TURNO se asegura 3 representantes DIRECTOS.



Los últimos 2 directores que conformaran la autoridad de aplicación serían elegidos por el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual.

Ahora bien... ¿qué es el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual?

Art. 15. – Consejo Federal de Comunicación Audiovisual. Creación. Créase, en el ámbito de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, el Consejo Federal de Comunicación


Art. 16. – Integración del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual. El Consejo Federal de Comunicación Audiovisual se integrará con los siguientes miembros, quienes serán designados por el Poder Ejecutivo nacional a propuesta de los sectores que a continuación se detallan: (...)

O sea, este nuevo Consejo, creado por la ley estara formado por miembros designados directamente por el Poder Ejecutivo. Las otras asociaciones que nombre la ley PROPONEN al candidato, pero en última instancia el que decide si va o no es el Ejecutivo.

Así, en este gobierno sumamente verticalista y autoritario ya sabemos quienes van a ser los que ocupen estos 'cargos' en esta hermosa autoridad de aplicación.

Y bien, teniendo 3 directores directos, y 2 mas elegidos subjetivamente nos deja un total de 5 miembros de los 7, que responderían al gobierno de turno.

Entonces dejemonos de joder! Quien puede ser tan caradura de decir que la autoridad de aplicación no sería el ejecutivo cuando esta a las claras en este simple análisis que así será.

Lo que pasa es que quieren mezclar la información creando nuevas comisiones y consejos para que pase desapercibido y dicen que es una autoridad de aplicacion prural y no se que más. Pero así queda claro que en ultima instancia responden a ellos DIRECTAMENTE.

No nos dejemos engañar... BASTA DE QUE NOS MIENTAN! Esto no es solo perjudicial por el gobierno K, esto va a ser así PARA TODOS LOS GOBIERNOS QUE VENGAN DE AHORA EN MÁS. Una ley así JAMAS debería tener al mismisimo ejecutivo como autoridad, no se puede manipular los medios por el gobierno de turno que tengamos. Esto nos perjudica A TODOS. No deberiamos hablar por puro fanatismo... si no, con conocimiento de causa y objetividad.

No es Cristina sola, es el futuro Kirchner, Reutemann, Macri, Cobos, etc. lo que nos debería preocupar...


Como dice charly: Che, si te ponés la camiseta deberías saber por qué...

2 comentarios:

  1. Lils dijo...
  2. Maru, si no bastó para entender de que se trata todo esto, con el testimonio de la gente de los medios de Sta Cruz que fue a declarar al senado...no se que más se necesita. El problema es que esta ley debe salir o salir porque Kirchner lo ha planteado como una pulseada contra Clarín, y la considera la última batalla. De ganar en esto, su poder se refuerza para seguir tejiendo estrategias en vistas a la candidatura para el 2011. El país está desquiciado,nada es normal, nada funciona como debiera, la república está siendo humillada, como dijo Lilita ayer. Y lo peor de todo es que alguna gente no se entera todavía.
    Saludos!

  3. Unknown dijo...
  4. Nena, escribís muy bien, pero sos charlatana. Das gracia, porque decís huevadas y te das cuenta. Nunca podés fundamentar ningunas de tus tajantes -y con mayúsculas- boludeces. leía este blog, me gustaba, pero, querida. Ay.
    "Esto nos perjudica A TODOS. No deberiamos hablar por puro fanatismo... si no, con conocimiento de causa y objetividad" Bueno, ¿cuál es tu conocimiento de causa, sin la cual es imposible siquiera una epistemología de la objetividad?
    Si querés, te fundamento tu razonamiento: "sin conocimiento causa ni objetividad, el fanático de Alberdi elaboró una constitución a imágen y semejanza de los Estados Unidos,y el acutal gobierno constitucional, en su fanatismo, se arroga el derecho de respetar la constitución y poner en los organismos de aplicación de una ley, acá las mayúsculas que te gustan y usás cuando decís gansadas, UNA LEY QUE CORRESPONDE A MODIFICACIONES EN LAS POTESTADES DEL EJECUTIVO, PONE EN SU FUNDAMENTALISMO ESA POSTETADES EN EL EJECUTIVO, SIGUIENDO AL MONTONERO DE ALBERDI EN SUS PRECEPTOS". Tamañan afrenta a los incultos, ignorantres y objetores de la constitucionalidad, sin diálogo y consenso, para colmo. Afectando, de este modo, no sólo a gobiernos constitucionales, sino a eventuales futuros gobiernos que quieran cagarse en la constitución.
    Tremendo.
    Tamos Indignados.
    Hacemos grititos de Oh, Oh, y Oh.
    Y reclamamos slogans de objetividad y fundamentación, aunque, claramente, tamaños atributos, normale sen la inteligencia media, nos queden grandes.
    Y bue.
    Queríamos quedar bien con nuestra clase social.
    Aún a costa de pasar por pavotes.

    Atentamente, saludos.

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